Para revisar las versiones anteriores de los Términos y condiciones de transporte de TNT para Europa, haga clic aquí.
1.1 Estas Condiciones se aplican al transporte de Envíos con origen en Europa y entre países y territorios de Europa. Estas Condiciones no se aplican a Envíos dentro de Alemania y Polonia, para los cuales se aplicarán otros términos y condiciones de transporte nacionales. En algunos mercados pueden aplicarse otras condiciones locales o normativas postales en lugar de (o además de) estas Condiciones (en cada caso, disponibles en tnt.com en los países y territorios aplicables). Los Envíos con origen fuera de Europa están sujetos a tarifas locales y a los términos y condiciones de la filial, sucursal o contratista independiente de TNT que aceptase el Envío. Los Envíos devueltos están regulados por los términos y condiciones aplicables al país o territorio desde el cual se devuelve el Envío. Para obtener más información sobre cualquier aspecto de los Servicios de TNT, consulte tnt.com.
1.2 El transporte internacional aéreo de un Envío estará sujeto al Convenio de Montreal o al Convenio de Varsovia, según proceda. El transporte internacional terrestre de un Envío estará sujeto al Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera («CMR»), según proceda. Los Envíos con transporte nacional (entre ubicaciones específicas dentro de un mismo país) están sujetos a las leyes de dicho país, estas Condiciones y cualesquiera otros términos y condiciones de transporte nacional de TNT aplicables.
1.3 La versión online más reciente de estas Condiciones que haya sido publicada y aparezca en el sitio correspondiente aplicable de tnt.com prevalecerá y reemplazará cualquier otra versión previa de las Condiciones. El Remitente, al presentar un Envío a TNT, acepta las Condiciones vigentes de ese momento. TNT se reserva el derecho a modificar o complementar unilateralmente estas Condiciones en cualquier momento.
1.4 En caso de conflicto entre estas Condiciones y cualquier otra documentación de tránsito de TNT, incluidos los términos y condiciones incluidos en cualquier Albarán, manifiesto o etiqueta de envío de TNT, prevalecerán estas Condiciones en la medida en que no entren en conflicto con cualesquiera de los Convenios o leyes aplicables, incluidas las normativas postales locales aplicables.
1.5 TNT puede modificar o suspender los Servicios disponibles cuando considere oportuno. Esta modificación o suspensión se aplicará a los Envíos presentados a TNT tras la fecha de la modificación o suspensión. Puede obtener más información sobre los Servicios actuales en tnt.com.
1.6 En estas Condiciones, todas las decisiones de TNT se toman a la exclusiva discreción de TNT.
«Albarán» hace referencia a cualquier documento de envío, manifiesto, carta de porte, etiqueta, sello, entrada electrónica o documento similar utilizado en el sistema de transporte de TNT para iniciar el movimiento de un Envío.
«Servicios auxiliares» hace referencia a todos los servicios que no sean los Servicios de transporte.
«Envíos B2C» hace referencia a los Envíos conformes a una transacción comercial celebrada entre el Remitente-comercial (que actúa con fines profesionales) y un Destinatario-cliente individual (quien actúa fuera de sus fines profesionales).
«Día hábil» hace referencia a cualquier día en que las empresas y negocios del país, territorio o región de origen o destino realicen operaciones comerciales. Los días hábiles y los días festivos pueden variar según el país, el territorio o la región. Póngase en contacto con TNT para obtener más información con respecto a los compromisos de entrega que puedan verse afectados.
«Entrega comercial» hace referencia a las entregas realizadas en locales comerciales o empresariales, sin incluir (a) hogares o residencias privadas, (b) ubicaciones en las que la actividad comercial se lleve a cabo desde una vivienda o residencia que el remitente haya establecido como lugar de residencia y (c) los Envíos B2C.
«Cargos» hace referencia a los Cargos de transporte y cualesquiera otros cargos y recargos calculados o impuestos de conformidad con estas Condiciones en cada momento, incluidos recargos por combustible o de otro tipo, tarifas de servicios de aduanas, cargos auxiliares, cargos de responsabilidad mejorada o de seguro, cargos de devolución, tarifas de manipulación especial, aranceles e impuestos, recargos de importación y exportación, así como cualquier otro coste en que TNT haya incurrido de manera razonable por el transporte de un Envío. Puede obtener más información sobre otros recargos en tnt.com. TNT cobrará el impuesto sobre el valor añadido en sus Cargos de conformidad con las leyes y normativas aplicables.
«CMR» se refiere al Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera de 1956, según fue enmendado en 1978.
«Condiciones» hace referencia a estos términos y condiciones de transporte conforme a su versión vigente en cada momento, disponible en tnt.com.
«Convenios» hace referencia al Convenio de Varsovia, al Convenio de Montreal y al CMR de manera conjunta.
«Valor declarado para aduana» hace referencia al precio de venta o el coste de reposición del contenido del Envío requerido a efectos de despacho aduanero.
«Fecha de compromiso de entrega» hace referencia a la fecha de compromiso de entrega publicada para el servicio de TNT o la fecha de compromiso de entrega indicada por el Servicio de Atención al cliente de TNT para dicho Envío. Esta fecha tiene en cuenta la mercancía que se envía, la fecha, el destino exacto, el peso y el valor del Envío.
«Incremento del límite de responsabilidad legal» hace referencia al valor (si procede) indicado por el Remitente en el Albarán, el cual constituye la cuantía máxima de responsabilidad asumida por TNT en aquellas circunstancias en que TNT sea responsable de conformidad con el Convenio o la legislación local vigente, en relación con el Envío para el que el Remitente ha pagado la tarifa exigida.
«Europa» incluye Albania, Alemania, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bélgica, Bielorrusia, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Rusia, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania, de forma conjunta.
«Seguro» hace referencia al valor indicado por el Remitente en el Albarán, el cual constituye la cuantía máxima de responsabilidad por la que TNT asume el riesgo en relación con el Envío y para el que el Remitente ha pagado la tarifa exigida.
«Fugas» tiene el significado establecido en la cláusula 7 (Preparación de envíos).
«Convenio de Montreal» hace referencia al Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999 y cualquier Protocolo vigente posterior.
«Paquete» hace referencia a cualquier paquete o pieza única que el Remitente presente a TNT para su transporte, y que TNT acepte del Remitente.
«Artículos prohibidos» hace referencia a los artículos y tipos de Envíos establecidos en la cláusula 10 (Artículos prohibidos) de estas Condiciones.
«Destinatario» hace referencia a la persona física o jurídica indicada en el Albarán como destinatario del Envío.
«Entrega residencial» hace referencia a una entrega realizada en una casa o residencia privada, incluidas las ubicaciones en las que la actividad comercial se lleve a cabo desde una vivienda, o una entrega en la cual el Remitente ha designado la dirección de entrega como residencial.
«Remitente» hace referencia a la persona física o jurídica indicada en el Albarán como remitente del Envío.
«Servicios» hace referencia a los Servicios auxiliares y Servicios de transporte en su conjunto.
«Envío» hace referencia a uno o más Paquetes que se transportan con un único Albarán.
«TNT» hace referencia a Federal Express Corporation, sus subsidiarias, sucursales y filiales, y sus respectivos empleados y agentes (en la medida de lo aplicable).
«Número de Cuenta TNT» o «Cuenta TNT» hace referencia al número expedido por TNT para un cliente que garantiza que la actividad de la cuenta se integra en el sistema de TNT y que se factura al pagador de manera correcta.
«Cargos de transporte» hace referencia a las tarifas calculadas por TNT para el transporte de un Envío de conformidad con estas Condiciones cuando corresponda, sin incluir otros cargos o recargos que puedan calcularse o exigirse, tales como recargos por combustible, tarifas de servicios de aduanas, cargos auxiliares, cargos de responsabilidad mejorada o de seguro, tarifas de manipulación especial, aranceles e impuestos, recargos de importación y exportación, y otro tipo de recargos.
«Servicios de transporte» hace referencia a los servicios de transporte de un Envío ofrecidos y llevados a cabo por TNT conforme a un Albarán de TNT, sin incluir los albaranes de FedEx.
«Artículos exclusivos» hace referencia a aquellos artículos sobre los que no se puede aplicar Incremento del límite de responsabilidad legal o Seguro debido a su naturaleza, entre los que se incluyen piedras preciosas, metales preciosos, joyas, muebles sin protección, cristal, porcelana, objetos de arte, antigüedades, pieles, objetos de colección, instrumentos musicales, documentos importantes, incluidos pasaportes, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, tabletas, ordenadores portátiles, pantallas electrónicas, pantallas de plasma, películas, cintas, discos, tarjetas de memoria o cualquier otro bien portador de datos o imágenes.
«Convenio de Varsovia» hace referencia al Convenio de Varsovia de 12 de octubre de 1929, según enmendado por el Protocolo de La Haya de 28 de septiembre de 1955, así como todos los Protocolos aplicables posteriores, y el Convenio de Guadalajara de 18 de septiembre de 1961.
Los Cargos de transporte aplicables al Envío se establecen en los listados de tarifas de TNT o, en su defecto, las acordadas expresamente en el Acuerdo de Servicios de Transporte TNT correspondiente. Las ofertas proporcionadas por TNT para Cargos o Servicios son solo estimadas, y se basan en la información proporcionada por el Remitente. Los Cargos y Servicios finales pueden variar en función del Envío que se presenta realmente y la aplicación de estas Condiciones. TNT no asume ninguna responsabilidad ni realizará ningún ajuste, reembolso o crédito de ningún tipo por discrepancias en cualquier oferta de Cargo o Servicio efectuada con anterioridad a la presentación del Envío y los Cargos facturados al pagador. Los Cargos aplicados son aquellos Cargos aplicables y vigentes en el momento en que se celebra el Acuerdo de Servicios de Transporte TNT correspondiente, sujeto al derecho de TNT de revisar periódicamente y sin previo aviso dichos Cargos, incluidos los Cargos de transporte, establecidos en los listados de tarifas de TNT.
TNT se reserva el derecho a calcular y revisar los recargos por combustible y de otro tipo establecidos en tnt.com, de manera periódica y sin previo aviso. TNT determinará los plazos y la cantidad de estas revisiones. Al presentar un Envío a TNT, el Remitente acepta pagar los recargos vigentes en ese momento. Puede obtener más información sobre los recargos en tnt.com.
5.1 TNT cobra ya sea por el peso del Envío o por el peso volumétrico declarado del Envío, el que sea mayor, y el peso volumétrico se calcula de acuerdo con la ecuación de conversión volumétrica establecida en los listados de tarifas de TNT o en tnt.com, según proceda. TNT puede verificar el peso y/o volumen y/o el número de artículos dentro del Envío y, si es mayor que el peso y/o volumen y/o número de artículos declarados, el Remitente acepta que el peso real del Envío y/o el peso volumétrico real del Envío, el que sea mayor, se utilizará para el cálculo de los Cargos de TNT.
5.2 TNT puede auditar cada Albarán para verificar el Servicio de transporte elegido, el peso del Envío/Paquete o el número de Paquetes incluido en un Envío. Si el Servicio de transporte elegido, el peso o el número de Paquetes indicado en el Albarán no es correcto, TNT podrá corregirlo.
5.3 TNT puede hacer ajustes en la factura y tendrá derecho a cobrar una tasa de manipulación especial por haber tenido que corregir y modificar el Albarán. Podrá consultar, previa solicitud, el método utilizado para hacer estas correcciones o ajustes, así como los Cargos aplicables a ello.
6.1 En principio, las facturas de los Cargos de transporte y otros Cargos relacionados son exigibles sin retenciones ni compensaciones dentro de los 30 días siguientes a la fecha de factura. En algunos países pueden aplicarse otras condiciones de pago diferentes. Consulte esta información previa solicitud. Las facturas de aranceles, impuestos y otros Cargos relacionados son exigibles en el momento de su recepción. Sin perjuicio de lo anterior, TNT se reserva el derecho a exigir el pago de cualquier Cargo con carácter anticipado. Salvo que se estipule de otro modo, TNT facturará todos los Envíos semanalmente en mora a partir de la fecha de recogida. Las facturas de TNT no incluyen una copia de la prueba de entrega.
6.2 Cuando la ley lo permita, TNT proporcionará facturas electrónicas como norma, a menos que el pagador solicite expresamente lo contrario.
6.3 TNT se reserva el derecho a exigir primero los pagos de las facturas más antiguas, en casos en los que no se utilicen los métodos de remesa preferidos o los datos de remesa no se faciliten con el pago.
6.4 En caso de pago atrasado, TNT se reserva el derecho a exigir una tasa por pago atrasado, intereses por pago atrasado y costes administrativos por dicho pago atrasado. En tal caso, TNT puede exigir las tasas, costes o intereses vigentes que haya determinado y que sean consistentes con cualquier ley vigente de ámbito local o europeo sobre pagos atrasados.
6.5 Si el pago se va a efectuar con cargo a una Cuenta TNT, la parte que inicia el Envío deberá introducir en el Albarán un Número de Cuenta TNT actual y válido para que TNT pueda aceptar el Envío. Los cargos a una Cuenta TNT pueden ser:
a. «Facturación al remitente» o «Facturación al expedidor»: TNT facturará los cargos a la Cuenta TNT del Remitente.
b. «Facturación al destinatario» o «Facturación al consignatario»: TNT facturará los Cargos a la Cuenta TNT del Destinatario. Solo se aceptan para transportes a destinos específicos.
6.6 Independientemente de cualquier instrucción o disposición de pago que estipule lo contrario, el Remitente (o la parte que inicie una transacción de envío de importación, según sea el caso) siempre será en última instancia responsable de los Cargos, así como en los casos en los que el Destinatario se niegue a efectuar el pago.
6.7 Las disputas relacionadas con las facturas deben ser presentadas por el Remitente o el Destinatario a TNT, respectivamente, a más tardar (a) en los 30 días siguientes a la fecha de factura o (b) en la fecha de vencimiento de la factura, lo que ocurra más tarde. TNT solo aceptará la presentación de una disputa si en esta aparece indicado: (a) el número de factura, (b) el número de Albarán y (c) el motivo de la disputa.
6.8 Aranceles e impuestos. Cuando proceda, los aranceles, impuestos y otros Cargos relacionados podrán calcularse en función del contenido de los Envíos. Si TNT desembolsa aranceles, impuestos u otras tasas a agencias aduaneras en nombre del pagador, a este último se le aplicará una tarifa por servicios de aduanas basada en una tarifa plana o un porcentaje del importe total desembolsado (lo que sea mayor). TNT no está obligado a pagar aranceles, impuestos y otros Cargos relacionados y puede exigirle al Remitente o al Destinatario que los pague a TNT antes de que TNT desembolse cualquier arancel, impuesto u otros Cargos relacionados. El Destinatario deberá pagar estos aranceles e impuestos, a menos que TNT determine lo contrario. En determinadas circunstancias, el Remitente podría tener que pagar los aranceles e impuestos, incluso cuando el Envío se envíe a un tercer destino del que el Destinatario no sea residente. Las facturas de aranceles, impuestos y otros Cargos relacionados son exigibles en el momento de su recepción. Encontrará más información en la cláusula 13 (Despacho de aduanas) y previa solicitud.
6.9 Conversión de divisa. Las facturas de TNT deberán pagarse en la divisa indicada en la factura o en cualquier otra divisa local calculada mediante el tipo de cambio establecido por TNT en cada momento.
7.1 Límite de tamaño y peso. Las restricciones en el tamaño y el peso del Paquete y el Envío varían en función de la combinación del país de origen y país de destino, y del Servicio.
7.2 Envíos de múltiples piezas. No existe ningún límite al peso global de un Envío de múltiples piezas, siempre que cada Paquete individual que integra el Envío no supere el límite de peso por Paquete especificado para el destino.
7.3 Envíos extragrandes. Los Envíos que superan los límites de peso específicos del Servicio indicados en las normas sobre preparación de envíos disponibles en tnt.com requieren un acuerdo previo con TNT. TNT se reserva el derecho a rechazar Paquetes o Envíos que considere inadecuados o «extragrandes», como se detalla en las normas sobre preparación de envíos disponibles en tnt.com.
7.4 Embalaje. El Remitente debe preparar todos los Paquetes para un transporte seguro, de acuerdo con la naturaleza y el tamaño de la mercancía, suponiendo el cuidado normal en su manipulación en un entorno de transporte y clasificación en centros, y en cumplimiento de las instrucciones de TNT y de todos los tratados, leyes, normativas y reglamentos vigentes, incluidos aquellos relativos al embalaje, marcado y etiquetado.
7.5 El Remitente deberá proteger, mediante el embalaje adecuado, todo artículo susceptible de sufrir daños como consecuencia de cualquier situación que pudiera producirse en el transporte, como cambios de temperatura o de presión atmosférica. TNT no será responsable de los daños que se produzcan por cambios de temperatura y de presión.
7.6 TNT no ofrece un transporte con temperatura controlada, a menos que se acuerde expresamente lo contrario. A menos que se acuerde expresamente lo contrario, TNT no está obligado a añadir hielo seco en los Envíos ni a prestar servicios de reposición de hielo, sin perjuicio de cualquier declaración verbal o unilateral por escrito del cliente o TNT en sentido contrario. Si el Destinatario rechaza un Paquete, o este gotea, está dañado o emite olores (en su conjunto, «Fugas»), será devuelto al Remitente siempre que sea posible. Si el Remitente rechaza el Paquete, o no puede ser devuelto a causa de las Fugas, el Remitente será responsable y aceptará reembolsar, o en su caso indemnizar, a TNT por todos los costes, tasas y gastos incurridos en relación con la limpieza y el desecho del Paquete. Consulte la cláusula 8 (Denegación o rechazo de envíos) para obtener más información.
7.7 Marcado. El Remitente será el responsable de completar adecuadamente el Albarán. Cada Envío debe estar marcado de forma legible y duradera con el nombre, la calle, la ciudad y el país, incluido el código postal del Remitente y del Destinatario. Para Envíos internacionales, la dirección del Remitente debe reflejar el país en el que TNT debe recoger el Envío. El Remitente debe incluir el Albarán y cualquier otra etiqueta necesaria (p. ej., de carga pesada) en una posición destacada de la superficie exterior del Envío que pueda verse con claridad.
Encontrará más información sobre la preparación de envíos en tnt.com o previa solicitud.
TNT se reserva el derecho a denegar, retener, cancelar, posponer o devolver un Envío en cualquier momento si así lo requiere la ley (lo que incluye controles de exportación, sanciones y leyes y reglamentos aduaneros) o si, a juicio de TNT, tal Envío pudiera causar daños o retrasos en otros Envíos, mercancías o personas; su transporte estuviera prohibido por ley o incumpliese cualquiera de estas Condiciones; la Cuenta TNT de la persona o entidad responsable del pago no tuviese fondos suficientes; el volumen o tipo de Envío fuese materialmente distinto al volumen o tipo de Envío inicialmente indicado por el Remitente a TNT, o por cualquier otro motivo. El hecho de que TNT acepte un Envío no significa que dicho Envío, incluido su contenido y calidad, cumpla las leyes y normativas vigentes o estas Condiciones.
9.1 A petición de las autoridades competentes, o a discreción de TNT en cumplimiento de las leyes y normativas vigentes, TNT puede abrir e inspeccionar cualquier Envío.
9.2 De conformidad con las leyes y normativas vigentes, TNT podría estar obligado a llevar a cabo diferentes controles de los Envíos. Por el presente documento, el Remitente renuncia a cualquier indemnización por daños o retrasos como resultado de estos controles.
10.1 TNT prohíbe el envío de los siguientes artículos a cualquier destino y el Remitente accede a no enviarlos, a menos que TNT acepte expresamente lo contrario (se pueden aplicar restricciones adicionales en función del origen y destino):
a. Armas de fuego, armamento, municiones y sus respectivas piezas. Esto incluye, entre otras, pistolas, navajas, navajas mariposa, espadas, nudillos y pistolas paralizantes.
b. Impresoras 3D diseñadas para, o cuya función sea exclusivamente, fabricar armas.
c. Explosivos (en ciertos países, los explosivos de clase 1.4 pueden ser aptos para su transporte; puede obtener más información sobre esto previa solicitud), fuegos artificiales y otros objetos de naturaleza incendiaria o inflamable.
d. Artículos que se asemejan a una bomba, granada de mano u otras armas o dispositivos explosivos. Esto incluye, entre otros, productos inertes como réplicas, pistolas de juguete, artículos promocionales, ayudas de formación y obras de arte.
e. Artículos militares originarios de cualquier país en el que se necesite una licencia de control de exportación.
f. Cadáveres humanos, órganos o partes corporales, embriones humanos y animales, restos humanos incinerados o desenterrados.
g. Animales vivos, entre los que se incluyen insectos y mascotas.
h. Cadáveres de animales, animales muertos o animales montados. Esto incluye, entre otros, pieles de animales, marfil y productos relacionados con el marfil, y fauna.
i. Plantas y material vegetal, incluidas flores cortadas (se aceptan flores cortadas a y desde ciertos países y territorios, entre los que se incluyen los Países Bajos a EE. UU. y todos los de América Latina. Puede obtener más información previa solicitud).
j. Alimentos perecederos y comida y bebida que requiera refrigeración u otro control ambiental.
k. Pornografía y material obsceno. Esto incluye, entre otros, maniquíes (incluidas las muñecas sexuales).
l. Dinero, incluido dinero en efectivo y equivalentes de efectivo (p. ej., instrumentos negociables, acciones, bonos y remesas de cheques), monedas y sellos de colección.
m. Desechos tóxicos, entre los que se incluyen jeringas o agujas hipodérmicas, u cualquier otro desecho médico, orgánico e industrial.
n. Hielo (agua congelada).
o. Mercancías falsificadas, entre las que se incluyen artículos con una marca idéntica o prácticamente idéntica a una marca registrada, sin la aprobación o supervisión del propietario de la marca registrada (a menudo denominadas «falsificaciones» o «productos falsos»).
p. Marihuana, incluida la marihuana destinada a uso recreativo o medicinal, y cannabidiol (CBD) derivado de la marihuana, así como productos con cualquier concentración de tetrahidrocannabinol (THC) y cannabinoides sintéticos.
q. Plantas de marihuana en bruto o sin refinar, o sus partes (entre las que se incluyen tallos, hojas, flores y semillas de marihuana).
r. Tabaco y productos del tabaco, que incluyen, entre otros, cigarrillos, cigarros, tabaco de liar, tabaco sin humo, narguile o sisha.
s. Cigarrillos electrónicos y sus componentes, y cualquier otro dispositivo similar que funcione mediante vaporización o aerosol, así como cualquier líquido o gel no combustible, independientemente de la presencia de nicotina, que pueda utilizarse con cualquiera de estos dispositivos.
10.2 TNT prohíbe realizar los siguientes tipos de Envío a cualquier destino y el Remitente accede a no realizarlos (se pueden aplicar restricciones adicionales en función del origen y destino):
a. Envíos o mercancías cuyo transporte, importación o exportación estén prohibidos por ley, estatuto o reglamento.
b. A menos que TNT acepte expresamente lo contrario, los Envíos que requieran que TNT obtenga una licencia o permiso especial para su transporte, importación o exportación.
c. Envíos o mercancías no declarados o sujetos a impuestos especiales que necesitan aprobación regulatoria y el despacho de aduanas.
d. Envíos con Valor declarado para aduana superior al permitido para un destino concreto.
e. Mercancías peligrosas, salvo aquellas permitidas en la cláusula 12 (Mercancías peligrosas) de estas Condiciones.
f. Paquetes que estén húmedos, mojados o que emitan olores de cualquier tipo.
10.3 TNT no se responsabiliza de los Artículos prohibidos incluso en el caso de que se hayan aceptado (incluida la aceptación por error o bajo advertencia). TNT se reserva el derecho de rechazar Paquetes basándose en estas limitaciones o por razones de seguridad. TNT puede cobrarle al Remitente una tasa administrativa por Paquetes rechazados y por los costes de la devolución de productos, cuando proceda. Puede obtener más información al respecto previa solicitud.
11.1 TNT no transporta Envíos que no cumplan las leyes de controles de exportación. El Remitente asume la responsabilidad y garantiza el cumplimiento de todas las leyes, normativas y reglamentos vigentes, que incluyen, entre otros, los Reglamentos Administrativos para la Exportación de EE. UU., la Regulación del Tráfico Internacional de Armas de EE. UU., los Reglamentos de Control de Activos Extranjeros de EE. UU. y las leyes de exportación y reglamentos gubernamentales aplicables de cualquier país relacionado con el transporte del Envío. El Remitente acepta y garantiza que, con respecto a los Envíos, cumplirá con todas las sanciones del Gobierno de EE. UU. aplicables que prohíban la exportación o reexportación de productos, servicios o tecnología a o desde países y territorios sujetos a sanciones territoriales de EE. UU. Además, TNT no transporta, y el Remitente acepta no presentar para su envío, mercancías cuyo comercio esté restringido o prohibido por leyes relativas a embargos y sanciones económicas. En tnt.com encontrará una lista actualizada de países y territorios sin servicio de TNT.
11.2 Además, TNT no transporta y el Remitente garantiza que no emitirá ningún Envío con TNT, si el Remitente o alguna de las partes involucradas en el Envío aparecen en cualquier lista de partes rechazadas publicada y mantenida por: la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE. UU.; la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de EE. UU.; los Comités de Sanciones de las Naciones Unidas del Departamento de Estado de EE. UU.; el Consejo de la Unión Europea y cualquier otra autoridad pertinente. Entre estas se incluyen, aunque no exclusivamente, la Lista de Ciudadanos Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas, la lista de Evasores de Sanciones Extranjeras, la Lista de Entidades y la Lista de Personas Denegadas. El Remitente también acepta y garantiza que no intentará realizar Envíos a ninguna entidad propiedad de cualquier parte, en el interés común de propiedad determinado por la autoridad relevante de la lista, sujeta a sanciones económicas.
11.3 El Remitente deberá identificar todos los Envíos que requieran cualquier tipo de licencias o permisos de control de exportaciones, o que estén sujetos a otros controles regulatorios previos a la exportación, y deberá facilitar a TNT la información y la documentación necesarias para cumplir con las leyes y normativas vigentes. El Remitente es responsable de determinar los requisitos de licencias o permisos de exportación aplicables para un Envío, obtener las licencias y los permisos necesarios, y asegurarse de que el Destinatario esté autorizado por las leyes y las normativas vigentes del país de origen, de destino o de cualquier país que reivindique su jurisdicción sobre los productos. Además, el Remitente es responsable de asegurar que el uso o el usuario final de los artículos enviados no infrinja ninguna política de control específica que restrinja determinados tipos de exportaciones, reexportaciones y transferencias de artículos específicamente enumerados sujetos a los Reglamentos Administrativos para la Exportación de EE. UU.
11.4 TNT no asumirá ninguna responsabilidad ante el Remitente o cualquier otra persona por pérdidas o gastos (que incluyen, entre otros, multas, penalizaciones o la incautación o destrucción del Envío) si el Remitente no cumple con las leyes, normativas y reglamentos de aduanas, sanciones o controles de exportación, o debidos a acciones llevadas a cabo por TNT para cumplir las leyes y reglamentos aplicables. El Remitente también acepta indemnizar a TNT ante cualquier pérdida o gasto (que incluye, entre otros, multas, penalizaciones o la incautación o destrucción del Envío) derivados del incumplimiento por parte del Remitente de las leyes, normativas y reglamentos de aduanas, sanciones o controles de exportación, o debidos a acciones llevadas a cabo por TNT para cumplir las leyes y normativas aplicables.
12.1 Identificación de las mercancías peligrosas. «Mercancías peligrosas» son todas aquellas que, cuando se transportan, pueden poner en peligro a personas, animales, al medio ambiente o al transportista. Es responsabilidad del Remitente identificar si un Envío contiene mercancías peligrosas tal como se clasifican en las Recomendaciones de las Naciones Unidas relativas al Trasporte de Mercancías Peligrosas, la Organización de Aviación Civil Internacional (ICAO), el Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y otras leyes y normativas vigentes.
12.2 Servicio restringido. Salvo en las circunstancias estipuladas en esta cláusula, TNT no presta servicios relacionados con mercancías peligrosas. TNT puede, a su discreción, aceptar mercancías peligrosas específicas, pero solo después de que TNT y el Remitente/Destinatario hayan acordado unos requisitos específicos relacionados con las mercancías peligrosas. Los detalles de los requisitos específicos de TNT junto con el procedimiento para solicitar el «estado de cliente aprobado» están disponibles en el Servicio de Atención al cliente de TNT.
12.3 Tasas adicionales. Existen recargos específicos que se aplican a los Envíos de mercancías peligrosas. Los recargos se basan en la clasificación y el tipo de manipulación especial necesaria como, por ejemplo, si es necesario que los artículos sean accesibles durante el trayecto.
12.4 Normativas sobre las mercancías peligrosas. Todos los Paquetes que contengan mercancías peligrosas deben cumplir con todas las leyes y normativas vigentes, incluidas las Instrucciones Técnicas de la ICAO para el Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por Aire y las Normativas de Mercancías Peligrosas de la IATA. Los Envíos de mercancías peligrosas sujetas al ADR necesitan acuerdos de transporte especiales, y los Remitentes con el estado de cliente aprobado deberán ponerse en contacto con TNT para formalizar los acuerdos antes de realizar el envío.
12.5 Preparación de envíos. Los Remitentes con el estado de cliente aprobado serán los responsables de identificar, clasificar, embalar, marcar, etiquetar y completar la documentación de los Envíos de mercancías peligrosas, en cumplimiento con todos los tratados, leyes y normativas internacionales vigentes. El Remitente será también el responsable de garantizar que el Destinatario cumple con todos los tratados, leyes y normativas vigentes. Cada Envío debe ir acompañado de la documentación de mercancías peligrosas apropiada (p. ej., el formulario de Declaración de mercancías peligrosas del expedidor de la IATA) cuando sea necesario. TNT puede exigirle al Remitente que contrate a un proveedor de embalaje y envío con experiencia para resolver el problema del Envío de mercancías peligrosas no entregables. El Remitente debe proporcionar toda la información necesaria y completar todas las casillas relativas a mercancías peligrosas del Albarán. Los Remitentes que utilicen sistemas electrónicos para el envío de mercancías peligrosas deben seleccionar, según el sistema electrónico, los servicios especiales, el mantenimiento o el indicador para señalar que el Envío contiene mercancías peligrosas.
12.6 Embalaje. El embalaje de TNT no puede utilizarse para el envío de mercancías peligrosas (incluido el hielo seco), a excepción de sustancias biológicas de Categoría B (ONU 3373), que pueden enviarse en un embalaje TNT Medpak.
12.7 Presentación y entrega de mercancías peligrosas. No todas las instalaciones de TNT aceptan mercancías peligrosas. Algunas instalaciones de TNT no aceptan determinadas clases específicas de mercancías peligrosas, y estas últimas tampoco pueden enviarse mediante todos los Servicios de transporte. TNT se reserva el derecho a rechazar mercancías peligrosas en cualquier instalación en la que no puedan aceptarlas de conformidad con la legislación aplicable o a discreción de TNT. Si no se deja en una instalación con personal que acepte mercancías peligrosas, el Envío debe presentarse a TNT mediante una recogida programada en la ubicación del cliente.
12.8 Desvíos. Las mercancías peligrosas no pueden redirigirse a una dirección distinta a la dirección del Destinatario original indicada por el Remitente.
12.9 Posible responsabilidad del Remitente. TNT puede estar obligado por las leyes y normativas vigentes a declarar los Envíos de mercancías peligrosas que no hayan sido correctamente declarados o que no hayan sido declarados a las autoridades gubernamentales o reguladoras pertinentes. El Remitente puede estar sujeto a multas y sanciones en virtud de la legislación aplicable.
13.1 Los Envíos que crucen fronteras nacionales pueden tener que despacharse en aduanas. El Remitente es responsable de asegurar que los productos se envían de conformidad con todos los requisitos regulatorios aduaneros, proporcionar toda la documentación e información necesaria para el despacho y garantizar que todas las declaraciones e información que proporciona en relación con los productos y el despacho del Envío son y siguen siendo ciertas, correctas y completas, incluido el Código de sistema armonizado apropiado. Los Envíos que requieren de documentación adicional, además de un Albarán (p. ej., una factura comercial), pueden necesitar tiempo de tránsito adicional. TNT se reserva el derecho, a discreción exclusiva de TNT, de exigirle al Remitente cualquier multa, sanción, indemnización u otros costes o gastos (incluidas las tasas de almacenamiento) que surjan de una medida de ejecución de cualquier autoridad gubernamental competente o por el incumplimiento por parte del Remitente de las obligaciones en el presente documento estipuladas.
13.2 El Remitente es responsable a su propio cargo de asegurar que los bienes que se envían a otro país se aceptan en el país de destino bajo las leyes aplicables y que cumplen con todas las licencias o permisos necesarios, si corresponde.
13.3 También se le puede solicitar al Remitente que proporcione información adicional para obtener la autorización de otras agencias de regulación en el país de destino antes de realizar la entrega al Destinatario. Es posible que los Envíos que contienen mercancías o productos regulados por múltiples agencias gubernamentales en otros países de destino (como las agencias nacionales responsables de la seguridad alimentaria, protección de la salud pública, productos farmacéuticos, productos médicos, plantas y animales, telecomunicaciones y otros estándares de equipos electrónicos y agencias comparables) necesiten mayor tiempo en el despacho de aduanas. Todos los cargos derivados de realizar envíos y de la devolución desde países en los que la entrada no sea permitida correrán a cargo del Remitente.
13.4 Cuando las aduanas u otras agencias retengan un Envío debido a documentación incorrecta o no entregada, TNT podrá intentar notificarlo al Destinatario. Si la legislación local exigiera que el Destinatario entregase la información o documentación correcta y este no lo hiciera dentro del plazo razonable determinado por TNT, el Envío podrá considerarse no entregable sujeto a las leyes aplicables (véase la cláusula 18 (Productos no entregables)). Si el Destinatario no suministrara la información o documentación requerida y la legislación local permitiera al Remitente hacerlo en su lugar, TNT podrá intentar notificarlo al Remitente. Si este tampoco facilitara la información o documentación en un plazo razonable fijado por TNT, el Envío se considerará no entregable sujeto a leyes aplicables. TNT no asume responsabilidad en caso de incapacidad de consumar una entrega debido a documentación incorrecta o no entregada, con independencia de que intente o no notificarlo al Destinatario o al Remitente.
13.5 Siempre que lo permita la legislación local, TNT prestará un servicio de despacho de aduanas de Envíos internacionales. TNT enviará la información del Envío a las aduanas y a otras agencias reguladoras para su despacho. TNT puede cobrar una tarifa de servicios de aduanas, cuando corresponda, en los Envíos internacionales por el despacho de aduanas; por desembolsar aranceles e impuestos a las agencias de aduanas en nombre del pagador; por los Servicios solicitados por el Remitente, el Destinatario o el tercero; o para recuperar los costes que la agencia reguladora le haya exigido a TNT para la presentación regulatoria. Los tipos e importes de las tarifas varían según el país.
13.6 TNT actuará como agente para el Remitente o el Destinatario (según corresponda) con el único fin de despachar y expedir el Envío a través de las aduanas. Cuando corresponda y sea apropiado, el Remitente deberá autorizar a TNT o al agente designado por TNT, a rellenar y cumplimentar declaraciones aduaneras y todas las acciones relacionadas como representante directo, actuando en su nombre y a riesgo del Remitente o Destinatario. El Remitente deberá asegurar que el Destinatario autoriza a TNT en cumplimiento con esta disposición, si corresponde.
13.7 En determinadas circunstancias y a su entera discreción, TNT podrá aceptar instrucciones para usar un agente de aduanas determinado distinto a TNT (o al seleccionado por TNT) o al designado por el Remitente. En cualquier caso, TNT (o el agente seleccionado por TNT) se reserva el derecho a realizar el despacho de aduanas del Envío si el agente no puede determinarse o no llevará a cabo el despacho, o en caso de que no se proporcione la información completa del agente (lo que incluye nombre, dirección, número de teléfono y código postal).
14.1 Para completar el despacho de aduanas de ciertos artículos, TNT puede optar por adelantar en nombre del pagador los aranceles e impuestos exigidos por aduanas, y aplicar un recargo por hacerlo. Para todos los Envíos, TNT podrá contactar con el pagador y exigir confirmación de los términos de reembolso como condición para llevar a cabo el despacho y la entrega y, a discreción de TNT, exigir el pago de aranceles e impuestos antes de la entrega del Envío al Destinatario. Póngase en contacto con el Servicio de Atención al cliente de TNT para solicitar más información.
14.2 En caso de que se cuestione la exactitud o la propiedad de los aranceles e impuestos calculados de un Envío, TNT o su agente designado podrán revisar los documentos de envío presentados con el Envío. Si TNT determina que los aranceles e impuestos se calcularon correctamente, el Remitente acepta pagar los aranceles e impuestos o se compromete a que el Destinatario los pague, según corresponda.
14.3 En caso de que TNT pague los aranceles, impuestos u otras tasas a la agencia aduanera en nombre del pagador, este deberá pagar una tarifa de servicios de aduanas calculada en base a una tarifa plana o un porcentaje del importe total adelantado. Esta tarifa de servicios de aduanas variará según el país de destino. Para obtener más información sobre la tarifa de servicios de aduanas a cobrar, consulte la página «Servicios y recargos adicionales» en tnt.com
14.4 Si el Remitente no designa un pagador en el Albarán, los aranceles e impuestos se facturarán automáticamente al Destinatario, siempre que esté permitido.
14.5 Independientemente de cualquier instrucción de pago que especifique lo contrario, el Remitente será el último responsable del pago de los aranceles e impuestos, así como de todas las tasas y recargos relativos al desembolso de aranceles e impuestos por parte de TNT, en caso de que el pago no se reciba. En el supuesto de que un Destinatario o un tercero al que se le solicite confirmación de reembolso se niegue a pagar los aranceles e impuestos, previa solicitud, TNT contactará con el Remitente para ello. Si el Remitente se niega a efectuar satisfactoriamente el reembolso a TNT, el Envío puede ser devuelto al Remitente (en este caso, el Remitente será responsable de los cargos originales y de devolución) o colocarse en un almacén general o en un depósito aduanero, o considerarse no entregable. Si los Cargos de transporte de un Envío se cargan a una tarjeta de crédito, TNT se reserva el derecho a cargar a la cuenta de esa misma tarjeta de crédito los cargos de aranceles e impuestos no pagados asociados a ese Envío.
14.6 Un Envío podrá retrasarse según las opciones disponibles en los destinos específicos si TNT no pudiera obtener confirmación satisfactoria de los preparativos para realizar el reembolso de las cantidades adelantadas para el pago de los aranceles e impuestos. Dichos retrasos o cualquier otro incumplimiento de estas Condiciones son responsabilidades no asumidas.
14.7 El pago de aranceles e impuestos se realizará a través de uno de los siguientes medios, a la entera discreción de TNT: efectivo, cheque (personal o empresarial, siempre que se proporcione una identificación válida), tarjeta de crédito, giro postal, cheque de viajero o cuenta de débito o de aplazamiento. TNT no acepta el pago anticipado de aranceles e impuestos.
14.8 TNT no asume ninguna responsabilidad por los Envíos abandonados en las aduanas; dichos Envíos pueden ser considerados no entregables.
TNT se encarga de establecer la ruta de todos los Envíos y podrá cambiarla, cuando lo considere oportuno, sin previo aviso. TNT no puede hacer pública la información sobre la ruta o las medidas de seguridad de red detalladas, con el fin de proteger los productos que se transportan. Esto significa que no están permitidas las auditorías de las instalaciones de red de TNT o de sus vehículos, a menos que exista un requisito legal o reglamentario.
16.1 Los Envíos se entregarán en la dirección del Destinatario, de conformidad con las cláusulas 16.7 y 16.8 que figuran a continuación. No hay obligación de entregar un Envío al Destinatario personalmente. TNT puede entregar un Envío al Destinatario o a cualquier otra persona que tenga autoridad aparente para aceptar la entrega del Envío en nombre del Destinatario. Las direcciones de envío deberán incluir siempre la dirección completa del Destinatario, su número de teléfono y la dirección de correo electrónico.
16.2 Las direcciones de apartados de correo pueden usarse en determinados destinos internacionales, siempre y cuando el Remitente facilite a TNT el número de teléfono del Destinatario para facilitar la entrega.
16.3 TNT no se responsabilizará en ningún caso de reclamaciones relacionadas con la confiscación o retención de mercancías durante el tránsito por parte de Aduanas u otras autoridades gubernamentales.
16.4 Los Envíos realizados a hoteles, hospitales, instalaciones u oficinas gubernamentales, campus universitarios u otras instalaciones que tengan una unidad de correos o una central de recepción de correo pueden entregarse en la unidad de correos o central de recepción de correo, a menos que TNT indique lo contrario antes del envío.
16.5 Cualquier cambio de dirección solicitado que no constituya un cambio de ruta o una corrección de dirección se considerará un nuevo Envío y, por tanto, pueden aplicarse nuevos Cargos de transporte.
16.6 Las entregas en sábado, en su caso, estarán sujetas a una tasa de manipulación especial en aquellos países en los que el sábado no sea Día hábil.
16.7 TNT puede rechazar la recogida o entrega de un Envío, o utilizar condiciones diferentes de recogida o entrega, para mantener la seguridad de sus empleados o en aquellos casos en los que TNT considere que sus Servicios podrían usarse en incumplimiento de alguna ley, normativa o reglamento vigente.
16.8 Instrucciones de entrega del destinatario: envíos B2C
a. En determinados destinos, TNT puede entregar Envíos B2C siguiendo las instrucciones adicionales que ha recibido del Destinatario. El Remitente reconoce y acepta expresamente que tales instrucciones pueden modificar las instrucciones de entrega acordadas inicialmente o la Fecha de compromiso de entrega acordada inicialmente entre TNT y el Remitente.
b. El Remitente reconoce y acepta que las instrucciones del Destinatario pueden referirse, entre otras cosas, a: (i) aplazamiento de la fecha de entrega; (ii) entrega a un vecino, portero o recepcionista; (iii) entrega a otra dirección u otra persona, siempre y cuando la otra dirección se encuentre en el mismo país indicado en el Albarán; (iv) instrucciones sobre dónde dejar el Envío B2C sin necesidad de firma para la entrega; (v) entrega del Envío B2C en un punto de recogida (p. ej., una tienda local); o (vi) cualquier combinación de las instrucciones anteriores. En caso de anulación del transporte (o una parte de este) antes de la entrega por parte del Remitente o del Destinatario, todos los Cargos quedarán pendientes y pagaderos a TNT.
c. TNT puede cambiar la disponibilidad de las opciones de entrega para Envíos B2C cuando lo considere oportuno, sujeto a limitaciones geográficas o de otro tipo. En tnt.com encontrará más información sobre las condiciones y la disponibilidad de las opciones de entrega.
d. Si el Destinatario proporciona instrucciones de entrega adicionales para envíos que no correspondan a la categoría B2C, el Remitente reconoce y acepta las disposiciones de esta cláusula 16 y quedar regida por ellas.
17.1 Entregas comerciales. TNT volverá a intentar una entrega de forma automática o previa solicitud si: (a) no hay nadie disponible en la dirección del Destinatario para que firme por la entrega del Envío, y no hay una autorización de firma en el archivo; (b) el Remitente ha seleccionado una Opción de entrega con firma de TNT y no hay ningún Destinatario apto para que firme por la entrega del Envío; o (c) TNT determina que puede retener el Envío. Si la entrega comercial no se hubiera producido después de tres intentos o tras mantenerse retenido durante cinco Días hábiles después del primer intento de entrega y, cuando sea aplicable, haber pasado el despacho de aduanas en un país de destino, se considerará un Envío no entregable (véase la cláusula 18 [Envíos no entregables]).
17.2 Entregas residenciales y envíos B2C. Si la entrega residencial no pudiera producirse en un primer intento en la dirección del Destinatario o la dirección de un vecino cuando el Remitente o el Destinatario haya seleccionado una Opción de entrega con firma de TNT, TNT puede, a su entera discreción, volver a intentar la entrega, retener el Envío hasta que reciba instrucciones de entrega adicionales por parte del Remitente o el Destinatario, o realizar la entrega en otra ubicación determinada por TNT. Si la entrega residencial no se hubiera producido después de varios intentos y ni el Remitente ni el Destinatario proporcionan instrucciones de entrega adicionales, o si TNT no puede realizar la entrega en otra ubicación determinada por TNT, el Envío puede considerarse no entregable (véase la cláusula 18 [Envíos no entregable]).
18.1 Un Envío no entregable es aquel que no puede ser entregado por diversas razones, que incluyen, entre otras, las siguientes: (a) la dirección del Destinatario es incompleta, ilegible, incorrecta o no puede encontrarse, (b) el Destinatario no se encuentra accesible o no recoge el Envío; (c) el Envío está dirigido a una zona en la que TNT no opera, (d) el lugar de trabajo del Destinatario está cerrado; (e) la entrega es imposible debido a la no disponibilidad o negativa de una persona adecuada para aceptar la entrega o firmar la entrega del Envío; (f) el Envío no puede pasar el despacho de aduanas; (g) posibilidad de que el Envío cause daños o retrasos a otros Envíos o mercancías, o lesiones a las personas; (h) el Envío contiene Artículos prohibidos; (i) el Destinatario no puede o se niega a pagar un Envío con «Facturación al destinatario»; (j) el Envío no está correctamente empaquetado; (k) el contenido o el embalaje del Envío están dañados de tal forma que no es posible embalarlo de nuevo, (l) el Envío infringe las leyes o reglamentos de sanciones o controles de exportación aplicables de EE. UU. o de otros países, lo que incluye, entre otros, el hecho de ser enviado desde o dirigido a una parte o ubicación restringida, o (m) por cualquiera de las razones establecidas en la cláusula 17 (Servicio de reentrega).
18.2 En el supuesto de que un Envío sea no entregable por cualquier motivo, TNT intentará notificarlo al Remitente con el fin de que organice su devolución, sin perjuicio de cualquier limitación reglamentaria local. Si no es posible contactar con el Remitente en un plazo de cinco Días hábiles o este último no proporciona instrucciones en un plazo de tiempo razonable, TNT puede devolver el Envío al Remitente o colocar el Envío en un almacén general o en un depósito aduanero, o deshacerse del mismo. Si el Envío no puede ser entregado, despachado en una aduana o devuelto, TNT puede transferir o deshacerse del Envío. El Remitente se responsabilizará de todos los costes, Cargos y tarifas incurridos en relación con la devolución, el almacenamiento o el desecho del Envío no entregable, a menos que sea no entregable por motivos imputables a TNT.
18.3 Los Envíos que no puedan devolverse debido a limitaciones reglamentarias locales se colocarán en un almacén general o en un depósito aduanero, o se desecharán de conformidad con la legislación local. El Remitente acepta pagar todos los costes en los que TNT haya incurrido por esa colocación o desecho.
18.4 Se cobrarán al Remitente los Cargos de devolución, así como los Cargos originales, a menos que el Envío sea no entregable por motivos imputables a TNT. Se incluirá también cualquier otro Cargo en el que TNT haya incurrido durante el proceso de devolución. Para la devolución de Envíos no entregables que contienen mercancías peligrosas, el Remitente debe facilitar un Albarán de devolución completo y cualquier otro documento necesario.
Si TNT no entrega los productos enviados con los servicios 9:00 Express, 10:00 Express o 12:00 Express antes del Plazo de compromiso de entrega, en circunstancias en que dicho incumplimiento no haya sido causado por algún evento previsto en la cláusula 21 (Responsabilidades no asumidas) y el Remitente/Destinatario pagador notifica a TNT de su reclamación de conformidad con la cláusula 23 (Reclamaciones), TNT solo cobrará al Cliente el servicio de entrega prestado en realidad (p. ej., antes del mediodía) en lugar de cobrar el precio presupuestado por el servicio solicitado originalmente (p. ej., antes de las 9:00), dentro de la misma categoría de producto Express. TNT efectuará un reembolso o crédito sobre la factura correspondiente de la diferencia de precio, a su discreción.
20.1 Límites de responsabilidad estándar para los servicios de transporte. A menos que el Remitente decida pagar un cargo adicional para especificar un Incremento del límite de responsabilidad legal o Seguro, tal como se describe en las cláusulas 20.3 y 20.4, la responsabilidad de TNT por pérdidas, daños o retrasos en relación con la prestación de los Servicios de transporte se limita al importe mayor de a) el importe proporcionado por los Convenios vigentes o b) 100 $ por Envío. A menos que el Remitente decida pagar un cargo adicional para especificar un Incremento del límite de responsabilidad legal o Seguro, tal como se describe en las cláusulas 20.3 y 20.4, TNT también aplicará dichos límites a todas las reclamaciones que surjan de la prestación de los Servicios de transporte nacionales en ausencia de límites de responsabilidad obligatorios o más bajos en las leyes nacionales de transporte vigentes.
20.2 Límites de responsabilidad para otras reclamaciones. Si no está regido por la cláusula 20.1 (Límites de responsabilidad estándar para los servicios de transporte), la responsabilidad de TNT por pérdidas, daños, retrasos o cualquier otra reclamación en relación con la prestación de Servicios auxiliares, u otro incumplimiento de contrato, se limita a 3,40 €/kg. En todos los casos, la responsabilidad máxima no excederá nunca los 10 000 € por evento o serie de eventos conectados.
20.3 Responsabilidad máxima: Incremento del límite de responsabilidad legal (no se ofrece en todas las ubicaciones; póngase en contacto con el Servicio de Atención al cliente de TNT para obtener más información).
a. En aquellas ubicaciones donde TNT ofrece el Incremento del límite de responsabilidad legal, el Remitente puede decidir si desea abonar un cargo adicional para especificar un Albarán con incremento del límite de responsabilidad legal, por encima de los límites mencionados en las cláusulas 20.1 y 20.2 anteriores.
b. El Incremento del límite de responsabilidad legal especificado representa la máxima responsabilidad de TNT con respecto al Envío. El Incremento del límite de responsabilidad legal solo se aplica en caso de que TNT sea responsable de acuerdo a los Convenios o las leyes nacionales de transporte que se apliquen de forma obligatoria al Envío.
c. Salvo que TNT especifique lo contrario, el Incremento del límite de responsabilidad legal máximo es de 25 000 € por Envío (excluyendo los envíos de documentos; ver más abajo).
d. Salvo que TNT especifique lo contrario, la responsabilidad de TNT por las pérdidas o daños comprobados o por cualquier otra reclamación relacionada con los Envíos de documentos no excederá el valor de reconstrucción del Envío, con un máximo de 500 € por Envío de documentos. El Incremento del límite de responsabilidad legal no está disponible para todos los Envíos de documentos. Para obtener más información sobre los envíos que pueden optar a este servicio, consulte tnt.com o póngase en contacto con el Servicio de Atención al cliente de TNT.
20.4 Seguro (no se ofrece en todas las ubicaciones; póngase en contacto con el Servicio de Atención al cliente de TNT para obtener más información).
a. En aquellas ubicaciones donde TNT ofrece el Seguro, el Remitente puede decidir si desea abonar un cargo adicional para seleccionar un Seguro en el Albarán, por encima de los límites mencionados en las cláusulas 20.1 y 20.2 anteriores.
b. El Seguro especificado representa el importe máximo por el que TNT asume un riesgo con respecto al Envío.
c. Salvo que TNT especifique lo contrario, el Seguro máximo es de 25 000 € por Envío.
d. La cobertura del Seguro de TNT está limitada según lo dispuesto en la Cláusula A de las Institute of Cargo Clauses.
e. Salvo que TNT especifique lo contrario, la responsabilidad de TNT por las pérdidas o daños comprobados o por cualquier otra reclamación relacionada con los Envíos de documentos no excederá el valor de reconstrucción del Envío, con un máximo de 500 € por Envío de documento. El Seguro no está disponible para todos los Envíos de documentos. Para obtener más información sobre los envíos que pueden optar a este servicio, consulte tnt.com o póngase en contacto con el Servicio de Atención al cliente de TNT.
20.5 Si el Remitente opta por un Incremento del límite de responsabilidad legal o Seguro, se aplican las siguientes condiciones:
a. Otras contingencias o riesgos de pérdida que excedan el valor declarado serán asumidos por el Remitente.
b. Se aplicará una tasa en función del valor declarado que puede diferir según el origen del Envío. Póngase en contacto con el Servicio de Atención al cliente de TNT para solicitar más información.
c. La responsabilidad de TNT por pérdidas, daños, retrasos o cualquier otra reclamación comprobada en relación con el Envío no excederá el coste de reparación del Envío, su valor depreciado o el coste de sustitución, lo que sea menor. TNT tiene derecho a exigir una prueba independiente del valor del contenido de un Envío por el que se hace una reclamación.
d. No se indemnizará por (i) las pérdidas de carácter consecuencial, ni (ii) los retrasos o pérdidas que se produzcan como consecuencia del incumplimiento por parte del Remitente de sus obligaciones en virtud de las presentes Condiciones.
e. No se indemnizará por las pérdidas relacionadas con los Servicios auxiliares.
f. Cualquier intento de declarar un valor para el Incremento del límite de responsabilidad legal, Seguro o aduanas que supere los importes máximos permitidos en estas Condiciones será nulo y sin efecto. Dicho valor declarado se reducirá automáticamente a los límites autorizados para el Envío. La aceptación por parte de TNT para el transporte de cualquier Envío que tenga un valor declarado superior a los importes máximos permitidos no constituye una renuncia a ninguna de las disposiciones de estas Condiciones. TNT no podrá aceptar cambios en la información relativa al valor declarado en el Albarán una vez que se presente a TNT.
g. Cuando el Remitente no haya especificado el Incremento del límite de responsabilidad legal o Seguro de cada Paquete en el Albarán, pero sí haya especificado el valor declarado total del Envío completo, el valor declarado de cada Paquete se determinará dividendo el valor declarado total por el número de Paquetes indicado en el Albarán. El valor declarado de un Paquete integrante de un Envío no podrá superar en ningún caso el valor declarado del Envío.
20.6 Artículos exclusivos. La responsabilidad de TNT por los Envíos que contengan Artículos exclusivos, ya sea total o parcialmente, está limitada al límite de los Convenios pertinentes o la legislación local que sea de obligado cumplimiento. El Incremento del límite de responsabilidad legal o el Seguro no se aplican a los Envíos que contienen Artículos exclusivos.
21.1 TNT no asume ninguna responsabilidad por lo siguiente:
a. Sujeto a las limitaciones adicionales estipuladas en estas Condiciones, cualquier daño que supere el Incremento del límite de responsabilidad legal o el Seguro (según se limita en la cláusula 20.3 (Responsabilidad máxima: Incremento del límite de responsabilidad legal) y la cláusula 20.4 (Seguro)) o el límite de responsabilidad establecido en el Convenio pertinente o, en caso de Envíos desde y entre ubicaciones específicas dentro de un mismo país, en las leyes locales obligatorias vigentes, lo que sea mayor, independientemente de que TNT supiera o debiera haber sabido que se podría incurrir en dichos daños.
b. Pérdidas o daños especiales, incidentales, consecuentes o indirectos, incluidos los costes por transporte alternativo, pérdida de ganancias, ingresos, uso o beneficios, ahorros anticipados, fondo de comercio o pérdida de oportunidades.
21.2 El Remitente asume toda la exposición y el riesgo de cualquier pérdida, daño o retraso más allá de lo expresamente asumido por TNT en estas Condiciones. El Remitente deberá contratar su propio seguro si lo desea. TNT no proporciona cobertura de seguro.
21.3 TNT no asume ninguna responsabilidad, ni hará ningún ajuste, reembolso o crédito de ningún tipo por cualquier pérdida, daño, retraso, entrega errónea, falta de entrega, información errónea o falta de información, causada por o resultante de cualquiera de los siguientes eventos (no es una lista exhaustiva):
a. La acción, omisión o incumplimiento del Remitente, del Destinatario o de cualquier otra parte con intereses en el Envío.
b. La naturaleza del Envío o cualquier defecto, característica o vicio inherente o fragilidad de este.
c. El incumplimiento de estas Condiciones, o de otros términos y condiciones aplicables al Envío, incluyendo el envío de un Artículo Prohibido, mercancías peligrosas, la declaración incorrecta de la carga, la sujeción, el marcado o el direccionamiento de los Envíos.
d. Incumplimiento de las leyes o reglamentos de sanciones o controles de exportación aplicables de EE. UU. o de otros países.
e. Cualquier evento más allá del control de TNT, incluyendo una pandemia o epidemia, peligros del aire, enemigos públicos, autoridades públicas o reguladoras que actúen con autoridad aparente o real, actos u omisiones de funcionarios de aduanas, disturbios, huelgas o huelgas anticipadas, u otras disputas locales, conmoción civil, peligros incidentes en un estado de guerra o condiciones climáticas, o interrupciones nacionales, internacionales o locales en las redes de transporte por aire o por tierra, actos criminales de cualquier persona o entidad, incluyendo actos de terrorismo, desastres naturales, interrupción o falla de los sistemas de comunicación e información (incluyendo los sistemas de TNT), retraso mecánico o condiciones que presenten un peligro para el personal de TNT.
f. Embalaje inadecuado o insuficiente, incluido el hecho de que el Remitente no utilice un embalaje aprobado por TNT cuando se solicite, recomiende o exija dicha aprobación. En concreto, los ordenadores, los aparatos electrónicos, los artículos frágiles y el alcohol deben embalarse de acuerdo con las directrices de TNT, disponibles en tnt.com. El suministro de embalaje, o el asesoramiento, la asistencia o la orientación sobre el embalaje adecuado de los Envíos por parte de TNT no constituye una aceptación de responsabilidad por parte de TNT, a menos que TNT indique expresamente lo contrario por escrito.
g. El cumplimiento de las instrucciones de entrega verbales o escritas del Remitente, del Destinatario o de las personas que dicen representar al Remitente o al Destinatario.
h. Retraso en la entrega causado por el cumplimiento de las políticas de TNT relación con el pago de Cargos.
i. La incapacidad de TNT de entregar copia del registro de entrega o copia de la firma obtenida en la entrega.
j. El borrado, la pérdida o la imposibilidad de recuperación de datos almacenados en cintas magnéticas, archivos u otros medios de almacenamiento, o el borrado o daño de imágenes fotográficas o bandas sonoras de películas expuestas.
k. El incumplimiento por parte de TNT de los gráficos de «orientación del paquete» (p. ej., flechas hacia arriba con la palabra «UP», marcados que indican posición con «THIS END UP»).
l. El hecho de que TNT no notifique o se demore en notificar al Remitente o al Destinatario cualquier retraso, pérdida o daño de un Envío, la dirección incompleta, incorrecta o inexacta del Destinatario o del agente de aduanas, la documentación incorrecta, incompleta o ausencia de esta, o el incumplimiento de pago de los aranceles e impuestos necesarios para llevar a cabo un Envío.
m. Pérdida o daño de cualquier artículo individual del que TNT no tenga un registro verificable de recepción, incluso en circunstancias en las que, en el momento de proporcionar el Envío a TNT, las mercancías hayan sido precargadas en un remolque, paletizadas o empaquetadas de tal manera que el número de artículos o el contenido del Envío no pueda ser razonablemente comprobado.
n. La pérdida de cualquier información personal o financiera, incluidos los números de la seguridad social, las fechas de nacimiento, los números de los permisos de conducir, los números de las tarjetas de crédito o débito y la información de las cuentas financieras.
o. El hecho de que el Remitente no elimine todos los Envíos introducidos en un sistema o dispositivo de envío de TNT cuando el Envío no se presenta a TNT.
p. Los daños indicados por un clinómetro, shock watch o instrumento de temperatura.
q. El incumplimiento de la Fecha de compromiso de entrega de los Envíos con una dirección incompleta o incorrecta (consulte la cláusula 18 (Envíos no entregables)).
21.4 Si TNT no es responsable, incluyendo cualquier responsabilidad que exceda la responsabilidad expresamente asumida por TNT en estas Condiciones, el Remitente será responsable y acepta indemnizar a TNT y eximirle de cualquier daño causado por el Envío a TNT o a un tercero o por cualquier reclamación de un tercero, especialmente el Destinatario.
Cualquier pago realizado por TNT en virtud de una reclamación del Remitente o de un tercero no se considerará una aceptación de responsabilidad, ni constituirá una renuncia a las disposiciones contenidas en esta cláusula 21.
TNT sólo aceptará la presentación de reclamaciones relacionadas con un Envío si la persona que presenta la reclamación cumple con algún Convenio vigente y el siguiente procedimiento; de lo contrario, no se podrá presentar ninguna reclamación contra TNT.
23.1 Notificación de una reclamación.
a. Todas las reclamaciones por pérdidas, daños (visibles u ocultos) o retrasos (incluidas las reclamaciones por deterioro) o falta de contenido, deben notificarse a TNT dentro de los 21 días siguientes a (i) la entrega del Envío (en el caso de daños o retrasos) o (ii) la fecha prevista de entrega (en caso de pérdida, falta de entrega o entrega incorrecta).
b. La recepción del Envío por el Destinatario sin dicha notificación de daños en el recibo de entrega es una prueba prima facie de que el Envío fue entregado en buenas condiciones.
c. Todas estas reclamaciones deben notificarse a través de tnt.com o poniéndose en contacto con el Servicio de Atención al cliente de TNT.
23.2 Información necesaria. Todas las notificaciones de reclamación deben incluir la información completa del Remitente y del Destinatario, así como el número de seguimiento de TNT, la fecha del Envío, el número de piezas y el peso del Envío. Como condición previa para que TNT considere cualquier reclamación por daños, el Destinatario debe poner el contenido, las cajas de envío originales y el embalaje a disposición de TNT para su inspección, ya sea en las instalaciones del Destinatario o en un centro de TNT, hasta que se concluya la reclamación.
23.3 Limitaciones. TNT no está obligado a actuar ante ninguna reclamación hasta que todos los Cargos hayan sido pagados; la persona que presenta la reclamación no puede deducir el importe de la reclamación de esos Cargos. Solo podrá formularse una reclamación en relación con cada Envío. La aceptación de pago de una reclamación excluirá todo derecho a cobrar más indemnizaciones por daños y perjuicios, o a reclamar más compensaciones en relación con ese Envío. Los Remitentes o Destinatarios cuyos Paquetes fueron entregados a TNT a través de un consolidador de paquetes no tienen derecho a una compensación legal o equitativa contra TNT.
23.4 Acciones legales. El derecho a reclamar daños y perjuicios por una acción derivada del transporte de TNT prescribirá a menos que la reclamación se presente ante un tribunal autorizado en un plazo de dos años a partir de la fecha real de entrega (en caso de daños, escasez o retraso) o de la fecha prevista para la entrega (en caso de pérdida, falta de entrega o entrega incorrecta), o dentro de cualquier estatuto de limitaciones aplicable, lo que sea más corto.
25.1 Los términos como «responsable del tratamiento de datos», «datos personales», «interesado» y «tratamiento» tendrán el significado que se les atribuye en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 («RGPD») y cualquier otra ley y normativa relativa a la protección de datos que aplique sobre el tratamiento de los datos personales («Datos personales») en virtud de estas Condiciones (en conjunto, «Legislación de protección de datos»).
25.2 TNT y el Remitente reconocen que ambos son responsables del tratamiento de datos por derecho propio con respecto al tratamiento de cualquier Dato personal por o entre las partes de acuerdo con las presentes Condiciones.
25.3 En relación con el tratamiento de cualquier Dato personal de acuerdo con las presentes Condiciones, el Remitente declara que ha cumplido con la Legislación de protección de datos, incluyendo el suministro de la información a los interesados de acuerdo con la Legislación de protección de datos, proporcionando la información contenida en la Política de privacidad de TNT en tnt.com y obteniendo un fundamento legal de acuerdo con la Legislación de protección de datos, como la ejecución del contrato, los intereses legítimos o el consentimiento.
25.4 El Remitente indemnizará a TNT por todos los costes, reclamaciones, daños y gastos sufridos o incurridos por TNT en relación con el incumplimiento de esta cláusula 25 por parte del Remitente.
25.5 El Remitente declara que el fundamento legal establecido en la cláusula 25.3 (también) permite cualquier transferencia de Datos personales a TNT, sus filiales, sucursales, asesores, auditores o cualquier tercero contratado por TNT para cumplir sus obligaciones con el Remitente en virtud de estas Condiciones en cualquier país tanto dentro como fuera del Espacio Económico Europeo («EEE»).
25.6 Cualquier transferencia de Datos personales del Remitente a TNT, o viceversa, desde el EEE o Suiza a un país fuera del EEE o Suiza está sujeta a las cláusulas contractuales tipo («CCT») de responsable del tratamiento a responsable del tratamiento (Decisión (EU) 2021/914 – Módulo I) tal y como se entiende en el artículo 46(2)(c) del RGPD, que están disponibles aquí: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=CELEX:32021D0914&from=EN. A tal fin, las CCT se incorporan en su totalidad a las presentes Condiciones como referencia. Al aceptar estas Condiciones, las partes (a) se consideran firmantes de las CCT, (b) aceptan el contenido íntegro de las CCT, (c) cumplirán con las condiciones contenidas en las mismas y (d) aceptan que cualquier cambio o Decisión posterior y/o URL se aplica y sustituye a la Decisión y/o URL a la que se refiere esta cláusula 25.6. De acuerdo con las CCT, TNT, como responsable del tratamiento de datos, actuará como exportador de datos, también en nombre de sus afiliadas; el Remitente, como responsable del tratamiento de datos, actuará como importador de datos, o viceversa, cuando proceda. Las declaraciones anteriores se entienden sin perjuicio del derecho de TNT a decidir exclusivamente la utilización de otro mecanismo de transferencia apropiado de conformidad con la Legislación de protección de datos. Los Datos personales transferidos pueden incluir los datos de contacto individuales de los Remitentes y Destinatarios, como nombres y direcciones, necesarios para la prestación eficiente de los Servicios de TNT, como realizar la entrega de Paquetes o permitir las funcionalidades de seguimiento y localización, según se establece en estas Condiciones y de acuerdo con los Anexos de las CCT.
25.7 Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la autoridad supervisora local o una autoridad gubernamental similar determina que cualquiera de las Condiciones de esta cláusula 25 o las CCT no constituyen o han dejado de constituir un método lícito para facilitar las transferencias de Datos personales fuera del EEE o de Suiza, las partes negociarán de buena fe un método alternativo para facilitar esas transferencias de manera lícita.
Estas Condiciones representan la totalidad del acuerdo celebrado entre las partes y, sujeto a la cláusula 1 (Aplicación), prevalecerán sobre cualesquiera otros términos o condiciones, ya sean verbales o escritos. Estas Condiciones no podrán anularse a menos que las partes lo acuerden expresamente por escrito.
Ninguno de los derechos o deberes de las partes estipulados en estas Condiciones podrán cederse o delegarse sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte, con la excepción de que TNT puede ceder la totalidad o parte de sus derechos y delegar sus deberes estipulados en estas Condiciones a cualquiera de sus filiales. Sin perjuicio de lo anterior, estas Condiciones son vinculantes y redundan en el beneficio de las partes y sus respectivos sucesores y causahabientes.
Las presentes Condiciones no excluyen ninguna responsabilidad cuando dicha exclusión esté prohibida por ley. En la medida en que cualquier disposición incluida o mencionada en las presentes Condiciones sea contraria a un tratado internacional, legislación local, reglamentos gubernamentales, órdenes o requisitos, dicha disposición se limitará en la máxima medida de lo permitido y, con dichas limitaciones, permanecerá en vigor como parte del acuerdo celebrado entre TNT y el Remitente. La nulidad o inaplicabilidad de cualquiera de las disposiciones no afectará al resto de las disposiciones de las presentes Condiciones.
La legislación belga permite a los usuarios de los servicios postales belgas de entrada o salida solicitar la intervención del Defensor del Pueblo (Ombudsman) para el sector postal (Boulevard du Roi Alber II 8 bte 4, 1000 BRUXELLES (F); Koning Albert II-laan 8 bus 4, 1000 BRUSSEL (NL)) siempre que el usuario haya presentado previamente su reclamación ante TNT. Dicha intervención se entiende sin perjuicio de las disposiciones incluidas en las presentes Condiciones.
Salvo lo dispuesto en cualquier Convenio aplicable, estas Condiciones y cualquier disputa que surja o esté relacionada con los Servicios prestados por TNT en virtud de las mismas, están sujetas a las leyes y a los tribunales del país o territorio en el que el Envío es aceptado por TNT para la prestación de los Servicios.